El TSJC otorga la pensión por invalidez a una trabajadora que padece fibromialgia

Los magistrados le conceden un pensión del 75% de la base reguladora de su sueldo y obliga al INSS a pagar los retrasos

METRO. D. METRO. F. padece fibromialgia y sensibilidad química múltiple. En el 2014, esta auxiliar administrativa tramitó la solicitud para conseguir la incapacidad permanente, pero en junio de ese año el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se le desestimó, al igual que la posterior reclamación administrativa. En primera instancia, el juzgado de lo social de Barcelona donde cayó su demanda contra esta negativa tampoco la admitió pero ahora el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le ha dado la razón, tras el recurso presentado por sus abogados del centro especializado Tribunal Médico.

La mujer ha conseguido, al fin, que se le reconozca la incapacidad permanente en grado total y el derecho a percibir una pensión vitalicia equivalente al 75% de la base reguladora de 1.114 euros mensuales (835 euros) con efectos del 1 de julio del 2014 (cuando le fue rechazada la reclamación administrativa) y sin perjuicio de las revalorizaciones e incrementos que se hayan producido desde entonces.

En la sentencia de TSJC se pone de manifiesto que en la primera resolución judicial dictada por el juzgado de lo social no asociaba la fibromialgia con la sensibilidad química, con el aumento de perjuicios que para la salud que ello conlleva. Y es que la mujer, además, padece otras dolencias, como ansiedad, distimia (principio de depresión), insomnio, falta de concentración, problemas agudos en las articulaciones y urgencia en la micción.

REINSERCIÓN LABORAL

Este conjunto de hecho, que el TSJC considera un error de anterior juzgado al no haberlos tenido en cuenta, ha dado lugar a la obtención de la incapacidad permanente total, lo que comporta una pensión del 75%, ya que, aunque esta persona no puede trabajar en su profesión habitual y sí lo puede hacer en otras, está condicionada por otros factores particulares que dificultan su reinserción laboral.

La sentencia señala que, según declara la jurisprudencia, para valorar el grado de incapacidad permanente, más que atender a las lesiones se deben tener en cuenta “las limitaciones que las mismas representan en orden al desarrollo de la actividad laboral”. En el caso de M. D., las lesiones que padece la incapacita para realizar actividades que exijan esfuerzos físicos o atención psíquica continuada, tal como es propio de su profesión habitual de auxiliar administrativa, pero no para otras labores en las que no tenga que hacer estos esfuerzos físicos y psíquicos.

Según la Sociedad Española de Neurología, entre un 2% y un 3% de la población española podría padecer fibromialgia. En cuanto a la sensibilidad química múltiple, esta enfermedad está reconocida en España tan solo hace dos años, fecha en que una trabajadora recurrió al INSS para obtener una incapacidad.

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