4 de diciembre de 2009.-
El Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta de la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, el Real Decreto para adaptar la terminología sobre minusvalía y discapacidad, contenida en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de dicembre, a la Ley de Dependencia y a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001) de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El término genérico utilizado en el Real Decreto 1971/1999 para describir la situación global de la persona era el de «minusvalía». Con el Real Decreto aprobado hoy se realiza una adecuación terminológica y conceptual, sustituyendo el término «minusvalía» por el de «discapacidad». Asimismo, las referencias que en el Real Decreto 1971/1999 se hacían a la «discapacidad» son sustituidas por «limitaciones en la actividad».
Así, el término «grado de minusvalía» es sustituido por el de «grado de discapacidad». Todas las referencias que hasta el momento se venían realizando en el Real Decreto que se modifica al «grado de discapacidad», quedan sustituidas por «grado de las limitaciones en la actividad».
La Ley de Dependencia, en su disposición adicional octava, establece que ?las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía, se entenderán realizadas a personas con discapacidad?. Por otro lado la OMS tomó la decisión, cuando revisó la CIF-2001, de utilizar «discapacidad» como término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, en lugar de «minusvalía», por la connotación peyorativa de esta palabra.
Además, el Real Decreto que se aprueba incorpora a la Comisión Estatal para el Seguimiento del Grado de Minusvalía, ahora de Discapacidad, un representante de la discapacidad organizada.
IMSERSO